Se ha hecho pública la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que resuelve el recurso planteado por la Comisión contra el reino de España, en lo referente a algunos aspectos de la legislación estatal del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

La Sentencia declara que España ha incumplido con las obligaciones que le incumben en cuanto a la restricción de la libre circulación de los capitales, prohibida por el apartado 1 del artículo 63 del TFUE, al permitir que se establezcan diferencias en el trato fiscal de las donaciones y las sucesiones entre los causahabientes y los donatarios residentes y no residentes en España, entre los causantes residentes y no residentes en España y entre las donaciones y las disposiciones similares de bienes inmuebles situados en territorio español y fuera de éste.

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