Informamos que ya está disponible en la página web de la Agencia Tributaria el programa para el cálculo y regularización retenciones para adecuarlas a las nuevas tarifas introducidas por el Real Decreto-ley 9/2015 de 10 de julio.

La regularización de los tipos de retención deberá realizarse a aquellos rendimientos del trabajo que se satisfagan o abonen a partir del día 12 de julio de 2015.

No obstante, y a opción del pagador, también se podrá regularizar el tipo de retención del IRPF en los primeros rendimientos del trabajo que se satisfagan o abonen a partir de 1 de agosto.

Ir al Servicio de Cálculo de Retenciones