Destacamos dos consultas de la Dirección General de Tributos.

La primera de ellas, la V2226-13, de 5 de julio de 2013, sobre el devengo del IVA por los servicios prestados por los administradores concursales; y la segunda, la V2162-13, de 2 de julio de 2013, sobre la aplicación de la reducción del 95% en el ISD por adquisición de empresa familiar, en supuestos de exención parcial en el IP. En esta consulta, la DGT se aparta de lo manifestado por el TSJ de Madrid, en sentencia de 21 de enero de 2013, y determina que la reducción en ISD no se aplica sobre el valor total de las participaciones, si no en proporción a la parte que resulta exenta en el IP, excluyendo así, el valor de los bienes no afectos a la actividad.

En el apartado de Jurisprudencia, incluimos una Resolución del TEAR de Madrid, de 29 de julio de 2013 sobre el alcance del procedimiento de verificación de datos, pronunciándose en la misma línea que el TEAC y considerando improcedente la aplicación de este procedimiento, pues el mismo se agota en el mero control formal, sin posibilidad de abarcar discrepancias jurídicas de cierta complejidad.