En el transcurso de varias Jornadas Informativas organizadas recientemente por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, representantes cualificados de la misma manifestaron públicamente lo que se indica a continuación en relación con las declaraciones informativas modelo 340 (declaración de los datos anotados en los Libros Registro del IVA) y modelo 347 (declaración de operaciones con terceras personas). Modelo 340 (declaración de los datos anotados en los Libros Registro del IVA). Se aplaza nuevamente la entrada en vigor de la generalización de la obligación de presentar el modelo 340 de declaración informativa conteniendo los datos anotados en los Libros Registros del IVA (facturas emitidas, facturas recibidas, bienes de inversión), que estaba prevista para enero de 2012. No estaría decidido todavía si tal aplazamiento tendría carácter indefinido, o bien lo sería hasta una fecha determinada (hasta enero de 2015). Ahora bien, seguirían estando obligadas a presentar dicho modelo 340 aquellas empresas que estén incluidas en el procedimiento de devolución mensual del IVA (tanto las que ya lo estén y en tanto se mantengan en dicho procedimiento, como aquellas otras que opten por la inclusión en tal procedimiento de devolución). Modelo 347 (declaración de operaciones con terceras personas). Respecto de este modelo, se apuntaron los siguientes posibles cambios en el mismo: – Mantendría su carácter de declaración anual, si bien los datos relativos a operaciones con clientes y proveedores deberían separarse por referencia a cada trimestre natural. – Estaría pendiente de decisión si, como hasta ahora, únicamente deberían declararse las operaciones con un determinado cliente o proveedor cuando las mismas superen el umbral de 3.005,06 euros, o bien si deberían declararse también las operaciones con clientes y proveedores por debajo de dicho umbral. – Se adelantaría el plazo de presentación de la declaración al mes de febrero del año siguiente al que la misma se refiera (actualmente, dicho plazo es el del mes de marzo). Obviamente, la anterior información tiene carácter provisional, dado que en este momento ni siquiera se ha sometido a información pública el proyecto de Real Decreto por el que habrían de modificarse los Reales Decretos que regulan los aspectos esenciales de las declaraciones informativa modelos 340 y 347. No obstante, teniendo en cuenta que la referida información ha sido comunicada en un foro público y por representantes muy cualificados de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, cabe razonablemente suponer que la misma tiene un alto grado de fiabilidad, especialmente en lo que se refiere al aplazamiento más allá del 1 de enero de 2012 de la generalización de la obligación, para la gran mayoría de las empresas, de presentar el modelo 340 de declaración informativa conteniendo los datos anotados en los Libros Registros del IVA.