Adjuntamos publicación del BOC de la Dirección General de Tributos, Resolución de 13 de enero de 2012, por la que se actualiza el límite previsto en el artículo 10.1.28º de la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias. De este modo, el límite de la exención en el IGIC para sujetos pasivos persona físicas por aplicación de esta franquicia para el año 2012 queda fijado en 29.015 euros, para cuya aplicación se toma como referencia el volumen total de operaciones del año natural anterior, 2011 en este caso. Recordamos que, en todo caso, se trata de una exención renunciable en los términos y formas previstos en el tercer párrafo de este número 28º y su normativa de desarrollo.

pdficon