Estimados todos.

La Ley 11/2021, de prevención y lucha contra el fraude fiscal, que fue publicada en el BOE el pasado 10 de julio, además de medidas para luchar contra el fraude introduce importantes novedades en los procedimientos tributarios y en los principales impuestos, como el IS y el IRPF.

Así, en el ámbito del IRPF y del Impuesto sobre Sociedades, éstas son las principales novedades que han sido aprobadas:

Transparencia fiscal internacional (IRPF e IS). A partir de 2021, este régimen deja de ser aplicable en caso de sociedades con actividad económica situadas en el Espacio Económico Europeo (además de en la UE). No obstante, a partir de ahora, los contribuyentes con establecimientos permanentes en el extranjero también se ven afectados por este régimen.

Exit Tax (IRPF e IS). A partir de 2021, si una sociedad española se traslada a otro país de la UE, Noruega o Islandia, el impuesto de salida aplicable en estos casos (“Exit Tax”) ya no puede diferirse hasta la venta de los activos. Apunte. No obstante, a partir de ahora se establece un sistema de fraccionamiento de dicho impuesto en cinco anualidades.

Reducción por alquiler de vivienda (IRPF). A partir de 2021, para poder disfrutar de la reducción del 60% por la obtención de rendimientos del capital inmobiliario derivados del alquiler de vivienda, es imprescindible que dichos rendimientos hayan sido declarados en la autoliquidación de IRPF presentada antes de que Hacienda haya iniciado una comprobación.

Pactos sucesorios (IRPF). A partir del 11-7-2021, si en la venta de un bien adquirido por el beneficiario de un pacto sucesorio éste transmite el bien antes del transcurso de cinco años desde la celebración del pacto sucesorio o del fallecimiento del causante, si fuera anterior, a la hora de declarar la ganancia patrimonial obtenida dicho beneficiario debe subrogarse en la posición del causante en cuanto a la fecha de adquisición y al valor de adquisición del bien.

Régimen de las SICAV (IS). Se endurecen los requisitos para poder disfrutar del régimen de las Sociedades de Inversión de Capital Variable (SICAV). Así, entre otros cambios, a partir del 1-1-2022 sólo se computarán en el importe mínimo de 100 accionistas a aquellos que sean titulares de acciones por importe igual o superior a 2.500 euros.

Régimen de las SOCIMI (IS). Asimismo, a partir de 2021 se incrementa la tributación de las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario (SOCIMI).

 

Esperamos que esta información os resulte de utilidad.

 

Recibid un cordial saludo,