Recientemente se ha modificado la redacción de algunas referencias en el Programa INFORMA de la AEAT en relación con la aplicación del régimen transitorio de deducción por adquisición de vivienda (DT 18ª de la LIRPF, añadida por la Ley 16/2012) y la exención por reinversión en vivienda habitual en los supuestos de disolución del pro indiviso, que implican un cambio de criterio respecto del mantenido en las mismas hasta diciembre de 2015. Este cambio de criterio viene motivado por la RTEAC de 10 de septiembre de 2015 y por la reciente publicacion de la CV- V0761-16, de 25 de febrero de 2016.